Poder conducir un vehículo es el derecho que reciben todas las personas que prueban ser aptas para ello. Todas ellas están obligadas a conocer las normas que rigen la circulación de vehículos en Uruguay. Y es la gran utilidad conocer los requisitos para renovar la libreta de conducir.
Las Intendencias Departamentales son los organismos responsables de la expedición del Permiso de Conducir.
La aprobación se concede como Permiso (libreta o licencia de conducir). Si no se posee la libreta no está permitido conducir vehículos de tracción mecánica, y únicamente capacita para conducir aquellos vehículos para las cuales se tramitó, según recuadro agregado.
La población discapacitada tiene que pedir autorizaciones específicas a efectos de conducir un vehículo correcto a sus posibilidades físicas y aptas para la circulación.
Cuando consiga una libreta para conducir por vez primera, disfrutará de una vigencia máxima de dos años. Superados los requisitos para renovar la libreta de conducir en otras o similar categoría, se darán por un período límite de 10 años.
Con el avance de la edad se acortan las capacidades de forma gradual y así la eficacia para actuar ante una contrariedad, por lo que a los setenta años la respuesta a estímulos sencillos demora el doble de tiempo. El paso de los años, lamentablemente conlleva sus secuelas y en ocasiones tan progresivamente que no nos percatamos del desgaste del oído, la visión y la perdida de reflejos, hasta que nos enfrentamos ante una urgencia que no podemos salvar y deriva en un infortunio que en tiempo pasado hubiéramos esquivado.
La oficina de Intendencia solo otorgará la libreta de conducir a los conductores noveles cuando sean aptos por los exámenes médicos pertinentes y expongan su idoneidad tras someterse a las pruebas teóricas y prácticas.